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Normativa Dron: ¿Puedo volar mi dron donde y cuando quiera?

Siendo sinceros, no. Por diversos motivos de seguridad la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) ha establecido una normativa para drones que todos debemos acatar mientras volemos en territorio español para evitar incidentes y que establecen ciertas zonas en las que se imponen ciertas condiciones y/o prohibiciones para realizar vuelos. Esta normativa es estatal, para territorio español, pero vienen derivadas de las pautas marcadas desde EASA (Agencia Europea de Seguridad Aérea), desde la cual se creó una nueva legislación para vuelo con drones y un programa formativo para pilotos de drones en los Estados miembros europeos, y la cual entró en vigor el 31 de diciembre de 2020.

Para conocer estas limitaciones podemos consultar la guía que publica AESA, la cual ha sido actualizada recientemente (agosto 2022) y en la que podemos encontrar una gran cantidad de información al respecto.

Pero yo solo quiero volar para sacar videos y fotos espectaculares con mi dron

Y puedes hacerlo, pero debes tener en cuenta dónde estás volando para saber qué requisitos debes cumplir y estos pueden cambiar según la actividad que quieras realizar.

AESA en la última actualización de la guía que hemos hablado anteriormente ha realizado un cambio importante en la categorización de las actividades con drones. Hasta ahora considerar si realizábamos una actividad recreativa o profesional venía definido por el PESO de la aeronave, pero tras la última actualización AESA define una actividad como recreativa o profesional según la ACTIVIDAD que vamos a realizar.

normativa para volar drones

Actividad recreativa:

La guía de AESA define las actividades recreativas de la siguiente forma:
Se refiere a las actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición, así como las actividades propias de las aeronaves de juguete.

Actividad profesional:

La guía de AESA define las actividades recreativas de la siguiente forma:
Se refiere a las operaciones aéreas especializadas, también denominadas trabajos técnicos, científicos o trabajos aéreos. Estas se definen como cualquier operación, ya sea comercial o no comercial, en la que se utiliza una aeronave no tripulada para realizar actividades especializadas tales como actividades de investigación y desarrollo, actividades agroforestales, levantamientos aéreos, fotografía, vigilancia, filmación, publicidad aérea, emisiones de radio y televisión, etc.

normativa para el vuelo de drones

¿Entonces sólo puedo grabar vídeos y tomar fotos con mi dron si tengo una empresa?

No, puedes seguir tomando fotos y vídeos como hasta ahora, pero debes tener en cuenta que la actividad que estás llevando a cabo se considera profesional y por tanto debes de cumplir ciertos requerimientos según donde vayas a volar.

Podemos seguir volando en zonas donde no haya restricciones cumpliendo los requisitos que ya son conocidos por muchos:

• Disponer de una licencia de piloto de dron.
• Estar registrado como operadora de drones en AESA
• Registrar tu dron en tu operadora en AESA
• Disponer de un seguro de responsabilidad civil adecuado.

Cumpliendo estas condiciones puedes volar en cualquier lugar en el que ENAIRE no establezca una limitación simplemente comprobando en ENAIRE DRONES que no haya ningún aviso que nos afecte… con ciertas excepciones.

Ya estamos, ¿cómo que excepciones?

Y es que por mucho que ENAIRE DRONES sea una herramienta útil para comprobar si hay restricciones al vuelo en una zona, debemos recordar que no podemos volar libremente en ciertos lugares que no nos va a indicar esta web:

Aglomeración de edificios y personas

Una aglomeración de edificios es, a grandes rasgos, cualquier agrupación de casas sobre las que vayamos a volar. Ojo, esto no quiere decir que no puedas volar sobre un edificio aislado o tomar imágenes de un pueblo en la distancia. La limitación está en el hecho de SOBREVOLAR una de estas agrupaciones de edificios. Mientras os mantengáis alejados podréis volar.

Una aglomeración de personas es cualquier reunión de personas que pueda limitar el movimiento de las mismas (espectadores de un concierto, asistentes a una manifestación, o grupos que no se puedan separar rápidamente ante una urgencia). De nuevo la restricción al igual que antes es principalmente a SOBREVOLAR estas agrupaciones, por lo que si mantenemos una distancia segura de ellas podríamos realizar el vuelo.

Aún así la colaboración con los agentes locales es siempre buena idea antes de llevar a cabo este tipo de vuelos, por lo que es recomendable poner en su conocimiento la actividad que vayáis a realizar.

Prohibición de sobrevuelo de instalaciones afectas a la defensa nacional, seguridad del estado, críticas o de la industria química, transporte, energía, etc

Independientemente, debemos tener que hay ciertas zonas en las que el vuelo recreativo está prohibido y solo podemos realizar vuelos profesionales solicitando permiso al responsable correspondiente.

Estas zonas corresponden a instalaciones como centrales nucleares, instalaciones militares, Industrias químicas, etc. Si queréis realizar un vuelo en las cercanías de estos sitios deberéis poneros en contacto con ellos y seguir sus indicaciones. No voléis nunca cerca de estas instalaciones sin un permiso expreso.

Además, recordad que siempre que haya un aeródromo en las cercanías debemos evitar volar a menos de 8km del mismo. En caso de que sea necesario volar a menos de esta distancia es obligatorio coordinarse con el aeródromo y presentar la documentación que nos requieran y seguir sus instrucciones, además de contar con un certificado de Radio Operador en caso de que sea necesario comunicarse con el aeródromo mediante una emisora aeronáutica.

tabla normativa drones

Pero yo quiero volar sobre el pueblo o grabar sobre un grupo de personas

Aquí la cosa se complica. Ya que estos casos suponen un incremento del riesgo de daño para las personas en caso de que haya un accidente y por lo tanto los requisitos para realizar un vuelo en estos casos son mayores.

En el caso de volar sobre un pueblo estaríamos hablando de vuelo sobre aglomeración de edificios y por lo tanto deberíamos aplicar los requisitos para un escenario STS-01.

STS-01

En este escenario no solo deberemos contar como pilotos con la licencia correspondiente, sino presentar un estudio de seguridad para escenario STS-01 a AESA y tener toda la documentación requerida presentada previamente ante ellos (manual de operaciones, estudio de coordinación etc.) así como el material exigido (paracaídas para el dron) y establecer un perímetro de seguridad en la zona que vayamos a volar (del que tendremos que dar parte al ayuntamiento) Además habrá que comunicar al ministerio de interior con al menos 10 días de antelación el vuelo.

En cuanto a volar sobre personas ya estamos hablando de una operación en la que el riesgo es ya lo bastante elevado como para no estar categorizado como ningún escenario estándar.

Vuelo sobre personas

Ya sea sobre una aglomeración de personas participantes o no participantes, esta situación va a requerir de disponer de toda una serie de documentación presentada previamente ante AESA (ver STS-01) y deberemos preparar un estudio de seguridad aeronáutico no estándar. Este tipo de documentación es recomendable prepararla con la ayuda de un experto, como una gestoría aeronáutica.

Debemos recomendaros siempre que nunca intentéis realizar este tipo de vuelos sin estar seguros de que disponéis de toda la documentación y permisos, así como cumplir al detalle con el estudio de seguridad que hayáis presentado.

Desde Datadron esperamos que esta pequeña guía os haya sido de utilidad y si estáis interesados en obtener las licencias no dudéis en contactar con nosotros y consultad las condiciones de nuestros cursos, donde podréis conocer con más detalle cual es la legislación aplicable a drones y cómo volar con ellos. Datadron, empresa de drones en las Islas Canarias.

normativa drones datadron